PERITO EN TERCERÍA EN SEVILLA
Resolución objetiva e imparcial · Art. 38 Ley del Contrato de Seguro · Colegiados y expertos
¿QUÉ ES EL PERITO EN TERCERÍA?
El perito en tercería o perito tercero es la figura prevista en el artículo 38 de la Ley 50/1980 del Contrato de Seguro para resolver las discrepancias que surjan entre el perito de la compañía aseguradora y el perito designado por el asegurado.
Cuando ambos peritos no llegan a un acuerdo sobre la valoración de un siniestro, cualquiera de las partes puede solicitar el nombramiento de un perito tercero imparcial, cuya resolución será vinculante para ambas partes. En Plus FM contamos con amplia experiencia actuando como peritos terceros en Sevilla, garantizando objetividad y rigor técnico en cada actuación.
¿CUÁNDO SE NECESITA UN PERITO TERCERO?
DISCREPANCIA EN LA VALORACIÓN
El perito de la compañía y el perito del asegurado presentan valoraciones muy distintas y no consiguen alcanzar un acuerdo sobre la cuantía de los daños.
DESACUERDO SOBRE EL ORIGEN
Existe controversia técnica sobre la causa del siniestro, lo que afecta directamente a qué coberturas son de aplicación.
INTERPRETACIÓN DE COBERTURAS
Las partes discrepan sobre qué daños quedan amparados por la póliza y en qué medida, requiriendo un criterio técnico independiente.
DESIGNACIÓN DEL TERCERO
ESTUDIO INDEPENDIENTE
RESOLUCIÓN VINCULANTE
GARANTÍAS DE PLUS FM COMO PERITO TERCERO EN SEVILLA
En Plus FM garantizamos total objetividad e imparcialidad en nuestra actuación como peritos terceros. Somos técnicos colegiados integrados en APCAS con más de 10 años de experiencia en el sector asegurador en Sevilla. Nuestra reputación se basa en resoluciones rigurosas, bien documentadas y defendibles técnicamente ante cualquier instancia.
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Imparcialidad · Rigor técnico · Resolución ágil · Disponibilidad en Sevilla y toda Andalucía