Perito de parte vs. perito de la aseguradora: diferencias clave que debes conocer

Cuando se produce un siniestro cubierto por tu seguro, aparecen en escena al menos dos peritos: el que envía la aseguradora y, si decides ejercer tu derecho, el que tú contratas. Aunque ambos llevan el mismo título profesional y realizan una inspección técnica del daño, su función, su mandato y sus intereses son radicalmente diferentes.

Entender esa diferencia es clave para saber cómo defender tu posición en una reclamación de seguro.

¿Qué es el perito de la aseguradora?

El perito de la aseguradora —también llamado perito liquidador o perito tasador de la compañía— es el profesional técnico que la aseguradora asigna para investigar el siniestro, determinar su causa y valorar los daños. Puede ser un empleado de la propia compañía o un perito externo que trabaja habitualmente para ella.

Su informe es el documento sobre el que la aseguradora fundamenta su decisión de indemnizar o no, y la cantidad que propone. Aunque está obligado a actuar con objetividad técnica, la realidad es que trabaja dentro de un sistema que tiene un incentivo económico claro: cuanto menor sea la indemnización que proponga, mejor para la cuenta de resultados de la compañía.

¿Qué es el perito de parte?

El perito de parte es el profesional técnico que el asegurado contrata para que defienda sus intereses en la gestión del siniestro. Es completamente independiente de la aseguradora: lo elige y lo paga el propio asegurado, y trabaja exclusivamente para él.

Su función es analizar el siniestro desde la perspectiva del asegurado: revisar que todos los daños queden correctamente documentados, cuestionar las exclusiones que no estén técnicamente justificadas y elaborar una valoración ajustada al coste real de reparación o reposición.

El derecho del asegurado a contratar su propio perito de parte está reconocido expresamente por la Ley 50/1980 del Contrato de Seguro. Puedes consultar el texto completo de la ley en el BOE para conocer exactamente los derechos que te corresponden. No necesitas el permiso de la aseguradora para contratar tu perito.

Tabla comparativa: perito de la aseguradora vs. perito de parte

Perito de la aseguradoraPerito de parte
¿Para quién trabaja?Para la compañía aseguradoraPara el asegurado
¿Quién lo designa?La aseguradoraEl asegurado
¿Quién paga sus honorarios?La aseguradoraEl asegurado
¿Qué objetivos tiene?Valorar el siniestro con criterios que protejan a la compañíaDefender la valoración más favorable al asegurado
¿Su informe es vinculante?No por sí solo; es la base de la propuesta de la aseguradoraNo por sí solo; se opone al informe de la aseguradora
¿Qué pasa si discrepan?Se activa la tercería de peritos (art. 38 LCS): un tercer perito neutral dicta una resolución vinculante

Por qué el perito de la aseguradora no siempre actúa en tu interés

Esto no significa que el perito de la aseguradora sea necesariamente deshonesto. Muchos son profesionales íntegros que intentan hacer su trabajo correctamente. El problema es estructural: sus criterios de valoración, las exclusiones que aplica y los precios que utiliza están condicionados por el contexto en el que trabaja.

En la práctica, los informes de los peritos de aseguradoras tienden a:

  • Aplicar exclusiones de forma amplia cuando hay margen de interpretación técnica.
  • Utilizar precios de referencia que no siempre reflejan el coste real de mercado.
  • Limitar los daños a la zona visiblemente afectada, omitiendo daños secundarios o diferidos.
  • Aplicar depreciación por antigüedad de los materiales o equipos.
  • No incluir en la valoración todos los trabajos auxiliares necesarios (demolición, desescombro, limpieza).

Ninguno de estos comportamientos es necesariamente fraudulento, pero todos pueden reducir significativamente la indemnización final que recibes. Y sin un perito de parte que los revise y los cuestione, es probable que los aceptes sin saberlo.

Cuándo actúa cada perito y qué ocurre si discrepan

El perito de la aseguradora actúa desde el momento en que se declara el siniestro. El perito de parte entra en escena cuando el asegurado decide que la valoración de la aseguradora no es satisfactoria.

Cuando ambos peritos emiten sus informes y las valoraciones son diferentes, hay dos caminos:

  • Negociación directa: los dos peritos o las dos partes negocian un acuerdo intermedio. Esto ocurre con frecuencia cuando la diferencia entre informes es razonable y ambas partes prefieren evitar el procedimiento de tercería.
  • Tercería de peritos: si no hay acuerdo, se activa el procedimiento del art. 38 de la LCS. Los dos peritos designan conjuntamente a un tercer perito neutral cuyo dictamen es vinculante para ambas partes.

Si no estás de acuerdo con la valoración del perito de la aseguradora, no tienes que aceptarla. Puedes consultar nuestro artículo sobre qué hacer cuando no estás de acuerdo con el perito del seguro para conocer los pasos concretos que puedes dar.

Preguntas frecuentes sobre el perito de parte y el perito de la aseguradora

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